Tel: 15 5910-2190 / 15 3028-3673

Consultas OnLine las 24hs.

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 146. Recibos y otros comprobantes de pago especiales

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 146. Recibos y otros comprobantes de pago especiales

Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 146. Recibos y otros comprobantes de pago especiales
La autoridad de aplicación, mediante resolución fundada, podrá establecer, en actividades determinadas, requisitos o modalidades que aseguren la validez probatoria de los recibos, la veracidad de sus enunciaciones, la intangibilidad de la remuneración y el más eficaz contralor de su pago.

Nacional Artículo 146 Ley de contrato de trabajo

No Comments

Leave Comment