Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares Nacional Artículo 77.
Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares Nacional Artículo 77.
Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.844 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — BEATRIZ ROJKES DE ALPEROVICH. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.
Nacional Artículo 77 Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares
No Comments