Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares Nacional Artículo 71. Autoridad de aplicación. Competencia
Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares Nacional Artículo 71. Autoridad de aplicación. Competencia
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Nacional Artículo 71 Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares
No Comments