Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 149. Aplicación al pago de indemnizaciones u otros beneficios
Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 149. Aplicación al pago de indemnizaciones u otros beneficios
Lo dispuesto en el presente capítulo, en lo que resulte aplicable, regirá respecto de las indemnizaciones debidas al trabajador o sus derecho-habientes, con motivo del contrato de trabajo o de su extinción.
Nacional Artículo 149 Ley de contrato de trabajo
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