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Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 121. Concepto

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Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 121. Concepto
Se entiende por sueldo anual complementario la doceava parte del total de las remuneraciones definidas en el artículo 103 de esta ley, percibidas por el trabajador en el respectivo año calendario.

Nacional Artículo 121 Ley de contrato de trabajo

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