Por esa razón, el aguinaldo se debe cobrar hasta el 30 de junio. Sin embargo, ese plazo se puede extender hasta cuatro días hábiles. Por eso, este año podrá pagarse hasta el 6 de julio.
Distinto es el caso del medio aguinaldo de diciembre, que se cobra como máximo el 18 de diciembre, con un período de tolerancia también de cuatro días hábiles.
Cómo se calcula el aguinaldo
Para calcular el aguinaldo se debe tomar el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto (sueldo básico, horas extra y cualquier otro extra percibido) dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Ambos se calculan sobre los 6 meses próximos anteriores, es decir que el aguinaldo de junio se calcula en base a los sueldos de enero a julio al último mes del año.
Si durante el semestre el trabajador no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados.
La fórmula que debe emplearse es: aguinaldo multiplicado por días trabajados, dividido 180 (los días del semestre).
Aguinaldo: ¿cuánto tiempo hay que estar en una empresa para cobrarlo?
¿Qué conceptos se toman en cuenta para el cálculo del aguinaldo?
Los trabajadores, deben tener en cuenta los siguientes puntos:
- Las horas extras y comisiones se deben sumar al monto del salario del mes en el que fueron abonadas, a fines de calcular la mayor remuneración devengada.
- El rubro “A cuenta de futuros aumentos” también debe considerarse apara calcular el SAC, ya que integra la remuneración mensual devengada.
- En el caso de las mujeres, la licencia por maternidad no debe ser incluida como parte del aguinaldo ya que la trabajadora no percibe su salario, sino un subsidio familiar. Por eso, solo hay que considerar únicamente los meses trabajados en el semestre antes o después de la licencia.
- Las licencias sin goce de sueldo y beneficios sociales son conceptos excluidos del cálculo, ya que aunque se abonen conjuntamente con la remuneración, son no remunerativos.
¿El aguinaldo paga Impuesto a las Ganancias?
Es importante saber que el aguinaldo ya no paga desde 2021 Impuesto a las Ganancias, ya que fue eximido en la modificación que aprobó el Congreso, en la que también se elevó el mínimo no imponible.