Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 89 octies.
Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 89 octies.
El trabajador tendrá derecho a una cantidad de horas del tiempo total anual del trabajo, de acuerdo a lo que se establezca en el convenio colectivo, para realizar, fuera de su lugar de trabajo actividades de formación y/o capacitación que él juzgue de su propio interés.
Nacional Artículo 89 octies Ley de contrato de trabajo
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