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Ley de contrato de trabajo Nacional Artículo 89 octies.

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El trabajador tendrá derecho a una cantidad de horas del tiempo total anual del trabajo, de acuerdo a lo que se establezca en el convenio colectivo, para realizar, fuera de su lugar de trabajo actividades de formación y/o capacitación que él juzgue de su propio interés.

Nacional Artículo 89 octies Ley de contrato de trabajo

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